24 de November de 2024
Columnas

Seguro de salud para la familia: un derecho que no debe tener limitaciones

  • octubre 11, 2023
  • 4 min read
Seguro de salud para la familia: un derecho que no debe tener limitaciones

Horas Extras

 

Por Daniel Lee

Estará de acuerdo conmigo: La salud es un derecho que no debe tener limitaciones ni condiciones. Es hora de que el Seguro de Salud para la Familia sea realmente un seguro para todos.

El acceso a la salud es un derecho humano fundamental que debe garantizarse a todas las personas sin distinción. Al menos eso se dice en el discurso.

Sin embargo, en México, millones de ciudadanos que no tienen un empleo formal o que trabajan por cuenta propia se ven obligados a recurrir al Seguro de Salud para la Familia, una modalidad del IMSS que les permite acceder a los servicios médicos mediante el pago de cuotas anuales.

Esta opción, que podría parecer una solución viable para ampliar la cobertura de salud, en realidad esconde una serie de limitaciones y exclusiones que vulneran el derecho a la salud y discriminan a los usuarios.

Por un lado, el Seguro de Salud para la Familia no cubre las enfermedades preexistentes, lo que implica que muchas personas no pueden recibir el tratamiento adecuado para sus padecimientos.

Y no es cosa menor, la lista es larga. Por ejemplo nos referimos a tumores malignos, enfermedades crónico-degenerativas tales como: complicaciones tardías de la diabetes mellitus; enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher); enfermedades crónicas del hígado; insuficiencia renal crónica; valvulopatías cardíacas; insuficiencia cardíaca; secuelas de cardiopatía isquémica (arritmia, ángor o infarto de miocardio); enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria; tumoración benigna de mama, parto, litotripcia, cirugía de padecimientos ginecológicos, excepto neoplasias malignas del útero, ovarios y piso perineal.

Y ahí no acabamos…, también estos padecimientos incluirían otras pre esxistentes para cirugía de insuficiencia venosa y várices, cirugía de senos paranasales y nariz, cirugía de varicocele, hemorroidectomía y cirugía de fístulas rectales y prolapso de recto, amigdalectomía y adenoidectomía, cirugía de hernias, excepto hernia del disco intervertebral, cirugía de hallux valgas, cirugía de estrabismo, cirugía ortopédica, enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo, adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías, trastornos mentales como psicosis y demencias, enfermedades congénitas, síndrome de inmunodeficiencia adquirida o virus de inmunodeficiencia adquirida humana positivo (VIH).

Otro aspecto a considerar es que el Seguro de Salud para la Familia no otorga prestaciones económicas por traslados o incapacidades temporales, lo que afecta el ingreso y la calidad de vida de los beneficiarios.

Sin duda, estas limitaciones son injustas e inaceptables, sobre todo si se considera que las cuotas anuales que se pagan por el Seguro de Salud para la Familia son bastante altas en comparación con las que se pagan por el sistema obligatorio.

Además, estimado lector, estas limitaciones contradicen el principio de universalidad que debe regir el sistema de salud mexicano, según el cual todas las personas deben tener acceso a los mismos servicios y prestaciones sin importar su condición laboral o social.

Por eso, desde este medio de comunicación aplaudimos una iniciativa que desde el legislativo busca reformar el artículo 240 de la Ley del Seguro Social para eliminar las limitaciones del Seguro de Salud para la Familia y garantizar que todas las familias en México tengan derecho a un seguro de salud integral y equitativo.

Esta iniciativa sería, no me cabe duda, un paso importante para avanzar hacia la construcción de un sistema de salud más justo, inclusivo y solidario, que reconozca y proteja el derecho a la salud como un bien público y un valor social.

Invitamos a la ciudadanía a informarse sobre esta propuesta y a exigir su cumplimiento. Hasta la próxima…

 

About Author

Abanico Informativo

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *