24 de October de 2026
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«Don Rodo» gana amparo a la FGR”

Abanico Informativo
  • octubre 23, 2026
  • 4 min read
«Don Rodo» gana amparo a la FGR”

 

  • Juez Federal desestima su vinculación a proceso y ordena que se dicte una nueva resolución tras su recaptura en 2025*

 

Abraham Oseguera Cervantes «Don Rodo» continúa ganando en los Tribunales, batallas legales a la Fiscalía General de la República (FGR). En esta ocasión, en juicio de amparo, la defensa del hermano de «El  Mencho» comprobó, violaciones al debido proceso y presunción de inocencia; tras su recaptura en el 2025 por fuerzas federales y acusación de la FGR de los delitos: contra la salud, portación de arma de fuego y posesión de cartuchos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas. El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito desestimó la vinculación a proceso en contra de «Don Rodo» y coacusados al comprobarse violaciones al proceso en la audiencia inicial. “-El Juzgado de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, en funciones de Juzgado de Control deje sin efecto el Auto de Vinculación a Proceso de siete de marzo de dos mil veinticinco, en la causa 83/2025.

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En caso de que el juez responsable –quien conoció del asunto y escuchó los planteamientos de las partes en la audiencia inicial- ya no se encuentre en funciones, con motivo de la reforma al Poder Judicial de la Federación o por cualquier otra razón, entonces deberá ser un juez distinto quien dé cumplimiento a esta sentencia en los siguientes términos:

1. La autoridad judicial competente deje intocado el debate y resolución del control de detención e imposición de la medida cautelar, por no ser materia de este juicio;

2. Deje insubsistente únicamente lo concerniente a las diligencias relacionadas o necesarias con la vinculación a proceso, en las resoluciones dictadas en las audiencias de dos y siete de marzo de dos mil veinticinco;

1. Cite a las partes a una audiencia, en la cual abra nuevamente debate y una vez llevado a cabo el contradictorio, en el que las partes –en control horizontal- se ciñan a lo expresado originalmente en las audiencias relacionadas con el acto reclamado, sin poder introducir nuevos argumentos, datos ni medios de prueba, ni alegatos; y,
1. Emita una nueva resolución, en la que resuelva en los términos antes precisados.
(…)
Concesión que debe hacerse extensiva a los actos de ejecución atribuidos al Director del Centro Federal de Reinserción Social número 1 “Altiplano”, al no reclamarse por vicios propios.”

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APERCIBIMIENTO

Se apercibe a la autoridad requerida en este auto, que la omisión a este mandato judicial o no informar su impedimento dentro del término conferido para ello, genera la imposición de
una multa de cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, conforme lo establece los artículos 192, 193 y 258 de la Ley de Amparo, en relación con el artículo 26, apartado B, párrafo séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano.
[…]
“En la notificación que se haga a la autoridad responsable se le requerirá para que cumpla con la ejecutoria dentro del plazo de tres días, apercibida que de no hacerlo así sin causa justificada, se impondrá a su titular una multa que se determinará desde luego y que, asimismo, se remitirá el expediente al tribunal colegiado de circuito o a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según el caso.

«Don Rodo, ha sido detenido en varias ocasiones por diversos delitos que la FGR no ha logrado comprobar y cuyos casos han sido desestimados por violaciones al debido proceso y fabricación de evidencias» afirmó su abogado Víctor Beltrán García.

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